Si usted o un ser querido ha sufrido persecución o amenazas en su país de origen, o si teme ser perseguido si regresara, el gobierno de los Estados Unidos le permite solicitar asilo en los EE. UU. sin importar su estado migratorio, siempre que cumpla con ciertos criterios.
La persecución debe provenir de su nacionalidad, etnia, opiniones políticas, religión o su pertenencia a un grupo social perseguido.
Además, deberá proporcionar una declaración jurada que explique por qué abandonó su país de origen y las razones por las que tiene miedo de regresar allí.
Es una posición aterradora, y es por eso que nuestros abogados de inmigración permanecerán a su lado durante todo el proceso, haciendo todo lo posible para mantenerlo a salvo de la situación en su país de origen que lo trajo a los EE. UU. en primer lugar. No esperes. Reserve su cita con uno de nuestros compasivos abogados de inmigración hoy.
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Los ciudadanos extranjeros que están físicamente presentes en los EE. UU. o aquellos que buscan ingresar en un puerto de entrada de los EE. UU. tienen derecho a presentar un formulario de Solicitud de Asilo y Retención de Deportación ante el USCIS.
Sin embargo, hay un límite de tiempo, por lo que es una buena idea comenzar el proceso de inmediato.
A menos que pueda reclamar que sus circunstancias han cambiado, debe presentar el formulario (I-589) dentro de un año de su última entrada a los EE. UU.
Si está lidiando con circunstancias extraordinarias, debe hablar con uno de nuestros abogados de inmigración con experiencia para que su petición tenga más probabilidades de éxito, incluso si está fuera del período de un año.
Dado que las solicitudes de asilo están actualmente atrasadas, puede solicitar una autorización de dos años para trabajar en los EE. UU. después de haber presentado su solicitud de asilo.
No lo hagas solo cuando se trata de asilo. El USCIS examina minuciosamente las solicitudes de asilo, por lo que es esencial contar con un abogado que pueda ayudarlo a presentar su caso. Póngase en contacto con nuestro equipo legal hoy mismo.
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Si el USCIS ya ha iniciado procedimientos en su contra, aún puede presentar una solicitud I-589.
El procedimiento difiere un poco del proceso de asilo afirmativo. En un proceso de asilo defensivo, el USCIS le programará una audiencia frente a un juez de inmigración.
El juez escuchará su testimonio y el de sus testigos y examinará las pruebas que haya presentado.
Además, el juez le hará preguntas sobre su experiencia de persecución y su miedo de regresar a casa.
Por lo general, el juez tomará una decisión al final de su audiencia.
Si el juez aprueba su solicitud, puede solicitar una tarjeta verde después de un año de presencia física continua en los EE. UU.
No hace falta decir que es fundamental que tenga un abogado experto en inmigración a su lado para asegurarse de presentar un caso convincente. Si ya está en la corte de inmigración, no es demasiado tarde. Póngase en contacto con uno de nuestros abogados de inmigración hoy mismo.
«Ella me ayudó muchísimo. Mi hijo estaba detenido y necesitábamos ayuda para sacarlo. Llamé a muchos otros abogados, pero nadie más pudo ayudarnos.
Logró que lo liberaran un sábado. También ha ayudado a mi familia con varios otros asuntos, y siempre hemos estado agradecidos».
Kimberlee S. – Revisión de Avvo
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